lunes, 4 de abril de 2011

viven en situación infrahumana. disponen apenas de 3.80 ni siquiera lo que es justo 5.50 el pan es duro. una sóla comida por día. no hay derecho. los llevan a la desnutrición

El interno dijo que la proveedora de sus alimentos les ha asegurado que cobra una comisión extra porque el Gobierno les paga con tres a cuatro meses de retraso y les aseguró que “no puede perder plata porque ella trabaja para ganar y no para perder”.
Por eso, con ese monto reducido de su bono alimenticio, afirmó que las provisiones se ven mermadas para los 93 reos que alberga ese recinto penitenciario.
“Sólo comemos una comida a la hora del almuerzo. No hay desayuno ni cena. Hasta el pan es más chico que el que se vende normalmente fuera de la cárcel. Y parece que nos traen la sobra de los panaderos porque al pan es duro”, se quejó Gallardo.
Entretanto, el director de Régimen Penitenciario, Jorge Sueiro, culpa por ese perjuicio a un “acuerdo oculto” entre los consignatarios de la alimentación con algunos internos.
“Estos proveedores elevan los precios, so pretexto de que demoramos en su pago, lo que es una falsedad. Sólo nos rezagamos entre cinco días a medio mes”, refutó la autoridad de penitenciarías.
Afirmó, sin embargo, haber detectado que estos proveedores “quieren dar la mordida al prediario, para pagar el soborno de quienes los han contratado”; en este caso, los presos que son los últimos que fiscalizan la carga alimenticia que les llega.
“Algunos internos astutos tienen estos convenios con proveedores, y su dieta, además de ser pequeña, se reduce aún más”, dijo.
Sueiro aseguró que desde su dirección va a transparentar el control en la relación que hay entre las proveedoras de alimentos y los reclusos.
Adelantó que para lograr que los productos lleguen a Chonchocoro y a los demás penales, sin mermar el monto que se les asigna actualmente, implementará una “hoja de ruta”, para un control efectivo “más allá de la fiscalización de los internos”.
Hay normas que mandan una buena alimentación
Normas nacionales e internacionales demandan al Estado una buena alimentación para los privados de libertad, por razones de respeto a los derechos humanos.
Según los Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de Libertad en las Américas de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), los internos de los penales tienen derecho “a recibir una alimentación que responda en cantidad, calidad y condiciones de higiene a una nutrición adecuada y suficiente”.
Añade que el alimento “será brindado en horarios regulares y su suspensión o limitación, como medida disciplinaria, deberá ser prohibida por la ley”.
Las Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos del Alto Comisionado de las NNUU para los DDHH estipulan que “todo recluso recibirá a horas acostumbradas alimentación de buena calidad, bien preparada y servida, cuyo valor nutritivo sea suficiente para el mantenimiento de su salud y sus fuerzas”.
El artículo 27de la ley boliviana de Ejecución Penal y Supervisión  establece que los internos recibirán “una alimentación de buena calidad, con valor nutritivo suficiente para el mantenimiento de su salud”.

No hay comentarios: